lunes, 12 de junio de 2017

BIOÉTICA 2

BIOÉTICA
Otro ejemplo:
  • Eutanasia: acto de provocar intencionadamente la muerte de una persona que padece una enfermedad incurable para evitar que sufra.

En España es ilegal por ejemplo, pero hay muchas cosas que plantearse. Si esa es la voluntad de la persona enferma, y además está lúcida, ¿de vedad tenemos el derecho a negárselo?
Hay varias tipos de eutanasia:

  • Eutanasia directa: Adelantar la hora de la muerte en caso de una enfermedad incurable. Esta a su vez posee dos formas:
    • Activa: Consiste en provocar la muerte de modo directo. Puede recurrirse a fármacos que en sobredosis generan efectos mortíferos.
    • Pasiva: Se omite o se suspende el tratamiento de un proceso nosológico determinado (por ejemplo una bronconeumonía), o la alimentación por cualquier vía, con lo cual se precipita el término de la vida. Es una muerte por omisión.
  • Eutanasia indirecta: Es la que se verifica cuando se efectúan, con intención terapéutica, procedimientos que pueden producir la muerte como efecto secundario. Por ejemplo, la administración de analgésicos narcóticos para calmar los dolores. Los mismos, como efecto indirecto y no buscado, provocan disminución del estado de conciencia y posible abreviación del período de sobrevida. Aquí la intención, sin duda, no es acortar la vida sino aliviar el sufrimiento, y lo otro es una consecuencia previsible pero no perseguida. Entra así en lo que desde Tomás de Aquino se llama un problema de doble efecto.


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